En el marco de las políticas orientadas a combatir la informalidad laboral en el sector agropecuario, el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (Renatre) formalizó la puesta en marcha de un nuevo instrumento financiero y fiscal. Según informó el medio especializado Bichos de Campo, la entidad de control oficializó la creación del denominado Plan Excepcional de Facilidades de Pago (PEFP), una iniciativa diseñada específicamente para abordar los pasivos acumulados por productores y titulares de establecimientos agropecuarios que, habiendo cumplido con la registración de sus dependientes, incurrieron en morosidad respecto del depósito de sus contribuciones obligatorias.
Las deudas sujetas a este régimen corresponden a las contribuciones legales que alcanzan el 1,5% del total de las remuneraciones, porcentaje fijado por la normativa vigente para el sostenimiento del sistema de prestaciones e inspección del organismo, equitativo al aporte que se le efectúa al trabajador rural. Desde el directorio del ente señalaron que el objetivo central del programa es facilitar la cancelación de los saldos adeudados, ofreciendo incentivos económicos como quitas porcentuales sobre los intereses acumulados y plazos de financiamiento adaptados a la realidad operativa del campo.
La medida fue instrumentada formalmente a través de la Resolución 100/2026 expedida por el propio organismo. En sus fundamentos, la normativa subraya el carácter estratégico de la medida al señalar: “La registración y regularización de las relaciones laborales rurales constituye uno de los objetivos propios y permanentes del Renatre, resultando conveniente, en consecuencia, establecer medidas que contribuyan a incentivar a los empleadores rurales a regularizar aquellas relaciones laborales que se encuentren no registradas”. El plazo para la adhesión formal a este esquema extraordinario se mantendrá abierto hasta el 31 de diciembre de 2026.
Condiciones de financiamiento y quita de intereses
El esquema financiero diseñado dentro del PEFP establece una estructura segmentada que contempla la liquidez de los productores e incluye variables según el contexto climático y productivo de las explotaciones. Con carácter general, el plan básico permite la cancelación de los pasivos en un rango de hasta 12 cuotas consecutivas. Estas opciones de pago devengarán una tasa de interés del 1,5% mensual, a la que se le adicionará un cargo del 3% sobre el monto total en concepto de gastos administrativos y de gestión cobrados por la entidad.
Asimismo, el programa prevé una consideración especial para aquellos establecimientos productivos que se encuentren formalmente alcanzados por declaraciones de emergencia agropecuaria, ya sea emitidas bajo el ámbito de normativas provinciales o nacionales. Para estos casos debidamente acreditados, el organismo dispuso una ampliación de los plazos de financiamiento, permitiendo refinanciar las deudas acumuladas en un esquema extendido de hasta 24 cuotas.
En lo que respecta a los beneficios por pronta cancelación, la moratoria instrumenta reducciones escalonadas en los intereses acumulados de los pasivos. Quienes opten por la cancelación de la deuda en un pago único o en un esquema de hasta 3 cuotas, obtendrán una quita del 50% de los intereses. En el tramo que contempla de 4 a 6 cuotas, la reducción será del 40%; mientras que para los compromisos asumidos en plazos de 7 a 12 cuotas, la quita se fijó en un 30%. Al respecto, desde el organismo especificaron que “de esta manera, el costo efectivo de cada acuerdo dependerá del monto adeudado, la reducción de intereses obtenida, el plazo de financiación y los cargos previstos por el organismo”.
Criterios de elegibilidad y exclusiones del programa
El acceso al Plan Excepcional de Facilidades de Pago no presenta un carácter irrestricto, sino que se encuentra supeditado al cumplimiento estricto de requisitos de elegibilidad laboral. Para poder inscribirse en la moratoria antes de la fecha límite fijada para fin de año, los empleadores que hayan sido fiscalizados previamente por el Renatre deberán acreditar de manera fehaciente haber regularizado la totalidad de las relaciones laborales informales que hubieran sido detectadas durante los procedimientos de inspección. Es decir, constituye un requisito indispensable la demostración del encuadre formal del personal como paso previo al otorgamiento del plan de pagos por las contribuciones impagas.
En forma paralela, el cuerpo normativo de la Resolución 100/2026 impone rigurosas exclusiones destinadas a evitar que el beneficio alcance a empleadores involucrados en faltas graves contra las leyes laborales y de derechos humanos. Fuentes oficiales de la institución puntualizaron que “la normativa también establece exclusiones expresas para los establecimientos donde se hayan detectado indicadores de presunta explotación laboral, trata de personas o trabajo infantil y se hayan formulado denuncias conforme a la legislación vigente, salvo que se hubiera dictado sobreseimiento o falta de mérito”.
Por último, el marco regulatorio del plan determina la inhabilitación para ingresar a este beneficio a aquellos empleadores que registren cuotas vencidas e impagas derivadas de planes de pago otorgados con anterioridad por el organismo, exigiendo la regularización previa de dichos compromisos para evaluar la incorporación al nuevo régimen de facilidades.



