El sector agroindustrial de la región yerbatera presenta novedades institucionales de relevancia en sus mandatos de gobernanza. Según informó el portal de noticias Misiones Online, el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) ha formalizado la incorporación de Denis Alfredo Bochert como el nuevo representante suplente de la Provincia de Misiones ante el Directorio del organismo de regulación y fomento.
La designación administrativa quedó consagrada de manera oficial mediante la publicación de la Resolución INYM N° 90/2026, fechada el 27 de agosto y publicada en el Boletín Oficial de la Nación el martes 1 de septiembre. Este movimiento de piezas responde de manera directa al Decreto N° 1637, que fue rubricado por el Poder Ejecutivo de la Provincia de Misiones el pasado 24 de agosto de 2026. A través de este instrumento provincial, se dejó sin efecto el nombramiento previo de Marta Graciela Cunha, quien venía desempeñándose en dicho rol, promoviendo en su reemplazo a Denis Alfredo Bochert. Conforme al marco normativo vigente, el representante suplente tiene la facultad legal de integrar el Directorio del INYM y asumir la totalidad de las atribuciones y responsabilidades del miembro titular ante cualquier escenario de ausencia de este último.
Verificación de requisitos y procedimiento administrativo de control
Previo a la formalización de su asunción en el cargo, el área administrativa del INYM procedió a la conformación y el exhaustivo análisis del legajo personal de Denis Alfredo Bochert. Este procedimiento de control interno se ejecutó bajo los lineamientos de la Resolución INYM N° 14/2026, la cual regula el ingreso de los directores al ente mixto.
De acuerdo con las actuaciones administrativas de la entidad, el nuevo representante provincial presentó la totalidad de la documentación requerida por la normativa interna. Entre los instrumentos legales y personales aportados se destacan el Documento Nacional de Identidad, pasaporte, licencia de conducir, certificado de antecedentes penales, constancia de inscripción ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), constancia de Clave Bancaria Uniforme (CBU), certificado de domicilio e informe comercial de rigor. Asimismo, el flamante funcionario suscribió una declaración jurada en la que certifica el estricto cumplimiento de las exigencias e incompatibilidades normadas para el ejercicio de la función pública en el sector.
El directorio del INYM ratificó que, tras el correspondiente cruce y evaluación de la documentación suministrada, se constató el cumplimiento integral de los requisitos previstos en el artículo 24 del Decreto N° 1240/2002, el cual actúa como el decreto reglamentario de la Ley N° 25.564 de creación del instituto. En este proceso de validación, el Departamento de Asuntos Jurídicos del INYM tomó la intervención que le compete por derecho, emitiendo el dictamen que avaló la continuidad y conclusión del trámite administrativo de designación.
Reconfiguración de la representación en el Directorio del INYM
Con la entrada en vigencia de la Resolución N° 90/2026, se dio por concluida formalmente la admisión de Marta Graciela Cunha en el cuerpo directivo. El documento emitido declara que, con retroactividad al 27 de agosto, Denis Alfredo Bochert se encuentra plenamente integrado al Directorio en representación del sector gubernamental de la Provincia de Misiones.
Este recambio de autoridades se encuadra en las directrices de la Ley N° 25.564. Dicha legislación es la que determina la estructura orgánica y la composición del Directorio del Instituto Nacional de la Yerba Mate, garantizando un esquema de representación multisectorial. Este esquema incluye de manera obligatoria a representantes de los Poderes Ejecutivos de las provincias productoras —Misiones y Corrientes—, delegados del Gobierno nacional, y referentes de los eslabones privados que componen la cadena de valor del sector yerbatero, tales como productores, secaderos, cooperativas, tareferos y el sector industrial de la molienda. La resolución del nombramiento dispuso finalmente su notificación formal a las partes interesadas y su correspondiente publicación legal por el término de un día en el Boletín Oficial de la Nación.



